Tribunal de Apelaciones de la FEF declaró nulo el proceso de la suspensión del estadio Capwell

Tribunal de Apelaciones de la FEF declaró nulo el proceso de la suspensión del estadio Capwell

Este lunes 21 de mayo se reunió el Tribunal de Apelaciones de la FEF para analizar el recurso de apelación presentado por Nassib Neme, presidente del CS Emelec, con respecto a la sanción impuesta sobre el estadio George Capwell el 2 de mayo del 2018. El Tribunal de Apelaciones resolvió declarar nulo el proceso debido a que entre los miembros que se encontraban al momento de sancionar al club no se encontraba un abogado, uno de los requisitos para realizar este proceso.

Nassib Neme, presidente del CS Emelec presentó el recurso de apelación ante el tribunal de apelaciones de la FEF. La misma fue analizada este día lunes y se decidió declarar nulo el proceso debido a que se incumplió con el estatuto 53 de la Federación Ecuatoriana de Fútbol que dice lo siguiente:

“La Comisión Disciplinaria estará integrada por un miembro nato del Directorio elegido por el fútbol profesional y dos miembros designados por el Directorio”. El artículo 2 del Reglamento de la Comisión Disciplinaria complementa el artículo ya mencionado e indica que la comisión previamente mencionada “estará integrada por tres miembros, uno de los cuales deberá ser necesariamente abogado.”

La Comisión Disciplinaria que sancionó al club “millonario” el 2 del presente mes careció de un abogado, por lo tanto el proceso puede declararse nulo y el expediente se devolvió a la Comisión Disciplinaria. En el documento donde consta la resolución de nulitar el proceso también está presente un “voto salvado”.

Allí consta que, en el artículo 425 de la Constitución de la República se establece que la Comisión Disciplinaria estará integrada por tres miembros, no se establece que uno de los miembros debe ser un abogado. “Considero que la resolución de la Comisión Disciplinaria no adolece de nulidad (…) la sanción debe modificarse a un solo partido, más aún, considero que ya se la aplicó parcialmente.” 

Aquí el documento:

 

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